Principio de Compartición
La Red Nacional de Educación e Investigación (RNIE), incluyendo los Anillos Urbanos, se construye sobre la base de que todos sus elementos serán aprovechados por cualquier IES/CI que se encuentre en posibilidad de hacerlo. Bajo esta lógica, debe entenderse que las aportaciones en dinero o en especie que realicen las partes involucradas se emplearán en beneficio de la propia Red y no podrán otorgarse bajo condiciones de exclusividad o discriminatorias en relación con el resto de los beneficiarios.
Para lograr este principio, se propone lo siguiente:
- Reconocimiento Expreso: Que en los contratos o acuerdos de aportación se reconozca expresamente la naturaleza compartida de las aportaciones en beneficio de la Red.
- Prohibición de Exclusividad: Establecer la prohibición expresa de reservar componentes o elementos necesarios para la conformación de la Red para el uso exclusivo de una o más partes involucradas.
- Mecanismos de Garantía y Retiro: Implementar mecanismos que permitan:
Establecer la obligación de colaboración de la parte involucrada, con penas convencionales altas en caso de incumplimiento de dichos plazos o de la obligación de colaboración.